Auxilios
Los asociados tendrán derecho a un máximo de dos auxilios por año. Los auxilios se asignarán por diferente línea. Esto indica que no se otorgarán los dos auxilios por la misma línea, con excepción en la línea del suplemento nutricional (Ensure, Glucerna o Pediasure) y de enfermedades catastróficas o huérfanas. Para todos los efectos de beneciarios, cuando se habla de familia del asociado, se entiende: su cónyuge o compañero permanente y los hijos hasta los 18 años o hasta los 25 si se encuentran estudiando, o de forma permanente, hijos en condición grave de discapacidad total, debidamente comprobada; en caso de no cumplir las anteriores condiciones, podrá vincular a sus padres. Los auxilios se otorgarán en orden cronológico según la presentación de la documentación para cada caso, hasta el agotamiento del presupuesto establecido, exeptuando los auxilios solidarios, que se otorgarán en caso de desastres naturales, destrucción parcial o total de la vivienda. (Ver reglamentación)
Requisitos Básicos para Todas las Líneas de Auxilios
Formato de Solicitud de auxilio debidamente diligenciado y firmado por el asociado (para solicitudes virtuales se dejará evidencia del correo del cual se recibió la solicitud), para los beneficiarios: fotocopia del carné de la Entidad Promotora de Salud o Servicio Médico Universitario y fotocopia del documento de identificación, aplica para todas las solicitudes. Si el beneficiario es hijo mayor de 18 años, debe presentar documento que demuestre que esté estudiando.

Auxilio de Maternidad

Auxilio de Enfermedades Catastróficas

Auxilio implementos ortopédicos

Auxillio de lentes

Auxilio de odontología

Auxilio de hospitalización y cirugía

Auxilio de medicamentos

Auxilio para audífonos de corrección de pérdida auditiva

Auxilio para vacunas

Suplemento Nutricional

Auxilio Deportivo


