Derechos del Asociado

Articulo 25.  

Además de los consagrados en la ley, el presente estatuto y en los reglamentos, los asociados tendrán los siguientes derechos:

Elegir y ser elegido para los órganos de dirección, de control o comités.

 Recibir de forma oportuna, eficiente y equitativa los servicios y los beneficios ofrecidos por Fetrabuv en las condiciones establecidas para cada uno de ellos.

Fiscalizar la gestión administrativa, financiera y social de Fetrabuv, de acuerdo con las formas reguladas por la Ley, el presente estatuto y los reglamentos.

 Participar de los excedentes, beneficios y programas sociales de la organización consignados en  el presente estatuto y los reglamentos.

Recibir capacitación sobre economía solidaria, manejo financiero y administrativo de Fetrabuv.

Ser partícipe del desarrollo del objeto social en las condiciones y formas que determine el estatuto y los reglamentos.

Recibir de forma oportuna la información  sobre la gestión administrativa, financiera y social de Fetrabuv,  sobre los servicios, obligaciones, derechos, programas de capacitación, perfiles para acceder a los cargos y canales de comunicación que adopte Fetrabuv. 

 Proponer alternativas que contribuyan con el desarrollo de la gestión administrativa, financiera y social de Fetrabuv.

Ejercer actos de discusión, análisis, decisión y de elección en las Asambleas, dentro de los espacios, formas y oportunidades determinadas para tal fin previstas en el presente estatuto y en los reglamentos.

Ser escuchado, respetado, atendido y recibir respuesta oportuna por la gerencia, la junta directiva y los órganos de control.

Exigir el cumplimiento de la ley, el presente estatuto y los reglamentos por parte de la gerencia, la junta directiva y los órganos de control.

Retirarse voluntariamente. 

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